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Órgano de Gobierno

 

Órgano de Gobierno.

De acuerdo con el artículo 95 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí en su Fracción I incisos A al D donde al tenor de la citada Ley indica:

La Junta de Gobierno de los Organismos Operadores Descentralizados se integra con:

I.- Tratándose de organismos operadores paramunicipales:
a) El presidente municipal, quien la presidirá;
b) Un regidor;
c) Un representante de la Comisión, y
d) El presidente del consejo consultivo, y dos miembros electos por el propio Consejo.

Además de un secretario que será el Director del Organismo Operador.

La Junta de Gobierno tiene entre sus atribuciones las que marca el artículo 96 fracciones I a la XV de la propia Ley que específica:

La Junta de Gobierno para el cumplimiento de los objetivos del organismo, tendrá
las más amplias facultades de dominio, administración y representación que requieran de poder o
cláusula especial conforme a la ley, así como las siguientes atribuciones:

I.- Establecer en el ámbito de su competencia, los lineamientos y políticas en la materia, así como
determinar las normas y criterios aplicables conforme a los cuales deberán prestarse los servicios
públicos, y realizarse las obras que para ese efecto se requieran;

II.- Aprobar el Programa Operativo Anual que le presente el Director General;

III.- Remitir al Congreso, para su aprobación, las cuotas y tarifas por la prestación del servicio, a
más tardar el cinco de noviembre de cada año, de conformidad con lo establecido en la presente
Ley; de no hacerlo oportunamente, o de no apegarse a la metodología para el cálculo de las cuotas
y tarifas, se tomará como propuesta las que hubiesen regido durante el año fiscal inmediato
anterior;

IV.- Designar y remover al Director General del Organismo;

V.- (DEROGADA, P.O. 20 DE OCTUBRE DE 2011)

VI.- Resolver sobre los asuntos que en materia de servicios públicos y reúso, someta a su
consideración el Director General;

VII.- Otorgar poder general para actos de administración y de dominio, así como para pleitos y cobranzas, con todas las facultades generales o especiales que requieran poder o cláusula especial conforme a la ley, así como revocarlos y sustituirlos; además, en su caso, efectuar los trámites, ante el Congreso del Estado, para la desincorporación de los bienes del dominio público que se quieran enajenar;

VIII.- Administrar el patrimonio del organismo y cuidar de su adecuado manejo;

IX.- Conocer y en su caso aprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos del organismo, conforme a la propuesta formulada por el Director General;

X.- Examinar y en su caso, aprobar, los estados financieros y los informes anuales dentro de los tres primeros meses de su ejercicio inmediato posterior que deba presentar el Director General, y ordenar su publicación en los términos de la Ley de Transparencia Administrativa y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí;

XI.- Autorizar en su caso, la contratación conforme a la legislación aplicable, de los créditos que sean necesarios para la prestación de los servicios públicos y la realización de las obras;

XII.- Aprobar en su caso, los proyectos de inversión del organismo;

XIII.- Emitir su opinión respecto a la extensión de los servicios públicos a otros municipios dentro de su circunscripción geográfica, con la autorización del Congreso del Estado, previa celebración de los convenios respectivos por los municipios de que se trate, en los términos de la presente Ley;

XIV.- Aprobar y expedir el reglamento interior del organismo y sus modificaciones, así como los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, y

XV.- Las demás que le asignen la presente Ley, su decreto de creación, la legislación y los
reglamentos aplicables.

Los integrantes de la Junta de Gobierno del Organismo Paramunicipal que Manejara la Operación y Administración del Servicio Público Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Ejido El Refugio Ciudad Fernández S.L.P. son:

  • Dr. Marco Antonio González Jasso Presidente Municipal de Ciudad Fernández.
  • C. Maricela Maldonado Reséndiz Regidora Municipal.
  • C. José Refugio Quintero Hernández Presidente del Consejo Consultivo y Representante del Sector Industrial.
  • C. Rogelio Norberto Hernández Salinas Vocal del Consejo Consultivo y Representante del Sector Comercial. 
  • C. María Inés Guerrero Torres Vocal del Consejo Consultivo y Representante del Sector Doméstico.